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REQUISITOS
Para salir del país con vehículo argentino el interesado
(argentino o extranjero con residencia permanente en el país), debe ser el titular del mismo, en su defecto tener autorización del titular ante escribano público, o confeccionar el formulario de salida en la aduana de forma que sea esta autoridad quien certifique las firmas del titular y el autorizado.-
En caso de que el vehículo este en condominio, indefectiblemente debe contar con la autorización del otro titular, ( en caso de que este no viajare).-
Es obligatorio la grabación del dominio en los cristales del vehículo.
Todo bien registrable que se quiera exportar temporariamente debe estar a nombre del interesado o en su defecto tener autorización ante escribano público o ante la aduana, tratase de botes, motos, cuatriciclos, etc.-
En el caso de los vehículos alquilados, el interesado deberá especificar su intención de salir del país a la empresa rentadora, la cual debe estar inscripta en la aduana y deberá
proporcionarle al interesado un formulario con el cual podrá sacar el vehículo del país.-
Al
ingresar al país como turistas podrán ingresar:
Sin
pago de derechos:
Ropas, objetos de uso personal.
Libros, periódicos y folletos.
Cualquier tipo de mercaderías, hasta un límite de U$S 150 (siempre que no
se presuma fines comerciales).
Con pago de derechos del 50 % (Sobre lo que exceda de U$S 150)
Cualquier tipo de mercaderías (siempre que no se presuma un fin comercial o
industrial).
Esta absolutamente prohibido ingresar mercaderías que no constituyan equipaje, armas de fuego (sin autorización de la autoridad
competente), mercaderías de importación prohibida por razones no económicas, explosivos, inflamables, estupefacientes.-
La franquicia se puede utilizar una sola vez por mes, es personal y no es
fraccionable.
INGRESO A
CHILE
No se puede ingresar a Chile ninguna mercadería comestible no envasada de origen o abierta en su envase, tampoco frutas, hortalizas, etc., ya que el servicio agrícola ganadero de Chile lo destruirá en la misma
frontera.
Para ingresar con animales domésticos, deberán tener certificados de vacunación al día y una constancia de un profesional de que el animal no posee enfermedad alguna, con fecha no
más de 10 días de antelación.
Para ingresar se completará un formulario, en el cual se declarará el dinero en efectivo que lleva y en qué moneda.
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